La homologación de la carta orgánica partidaria, que será la que impondrá las pautas con las que se llevará a cabo la contienda electoral. Se efectuaron decenas de modificaciones significativas positivas y no tanto, pero en el capítulo número XV, referido a las cláusulas o disposiciones transitorias, oh sorpresa el artículo 104 es el nominado a la gran polémica, porque dispone que de surgir una impugnación aquellos compañeros que hayan participado en las elecciones de 2021 y 2023; en distintos frentes al que haya conformado el partido justicialista; no podrán ocupar los primeros y segundos lugares en los cargos partidarios, Lo que significa condicionar la participación de los dirigentes a lugares relegados en las listas, lo que además es significativo es que, un 30 o 40% del padrón de afiliados, participó en ambas elecciones como candidatos.